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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 02/10/1990

Núm. Acuerdo: 47/1990

Núm. Expediente: 000/90100201

Autor: Particulares

Objeto:

Diversas consultas relativas a la Iniciativa Legislativa Popular de proposición de ley sobre abolición del trabajo precario sobre los medios de que dispone para hacer efectivo el número 2 del art. 9 de la Constitución.

Acuerdo:

Ratificar la contestación de la Presidencia de 21 de septiembre pasado del siguiente tenor:

La Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, no reconoce el derecho a la Comisión Promotora de Iniciativas Legislativas Populares a obtener ejemplares de las listas del censo electoral, sin que el art. 41 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General reconozca tampoco ese derecho, no siendo de aplicación la citada Ley Electoral a las iniciativas legislativas populares ni tampoco las disposiciones de desarrollo de la misma y entre ellas la Orden Ministerial de 6 de noviembre de 1985 por la que se regula la concesión de permisos a los funcionarios que se presenten candidatos.

Descriptores de materia:

INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR

LISTAS ELECTORALES

PERMISO LEGAL

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