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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 11/01/1991

Núm. Acuerdo: 3/1991

Núm. Expediente: 000/91011105

Autor: Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (ASAJA)

Objeto:

Diversas consultas de la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (ASAJA) sobre tramitación de iniciativa legislativa popular.

Acuerdo:

1º. Conforme a lo dispuesto en el art. 10, párrafo segundo, de la Ley Orgánica 3/1984, de 23 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular, los fedatarios especiales han de aportar la documentación siguiente: escrito en papel común en el que se exprese la aceptación del cargo y el juramento o promesa de dar fe de la autenticidad de las firmas de los signatarios de la proposición de ley; fotocopia del DNI y certificación de negativa de antecedentes penales.

2º. El plazo para entrega a la Junta Electoral Central, único órgano permanente de la Administración Electoral, previsto en el art. 7.3 de la Ley Orgánica 3/1984, es plazo máximo, por lo que podrán entregarse los pliegos de recogida de firmas antes del término de los seis meses.

3º. La certificación acreditativa de la inscripción en el censo electoral de los signatarios de la proposición de ley corresponde a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, certificación que constará al final de cada pliego de recogida de firmas.

4º. Podrán ser signatarios de la proposición de ley todos los españoles mayores de edad que posean la cualidad de electores.

5º. La actuación de los fedatarios para la recogida de firmas en la vía pública habrá de sujetarse a las disposiciones de las ordenanzas generales y municipales.

6º. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 15 de la Ley Orgánica 3/84, el resarcimiento de los gastos realizados en la difusión de la proposición y la recogida de firmas únicamente es posible una vez que la proposición de ley ha alcanzado su tramitación parlamentaria.

7º. Conforme al citado art. 15 de la Ley Orgánica 3/1984, los gastos que pueden ser compensados son todos los relativos a la difusión de la proposición y recogida de firmas siempre que los mismos sean debidamente justificados.

Descriptores de materia:

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL

FEDATARIOS

FIRMAS Y AVALES

INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR

REGISTRO DE PENADOS Y REBELDES

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