Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 04/04/1991

Núm. Acuerdo: 34/1991

Núm. Expediente: 000/91040415

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Consulta de Unión Verde sobre designación de representantes provinciales.

Acuerdo:

Trasladar:

1º. Que, aunque el art. 186 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General dispone que los representantes provinciales se designan ante las Juntas Electorales Provinciales, no existe inconveniente en que tal designación se haga ante la Junta Electoral Central para su traslado a las Juntas Provinciales, ante las cuales habrá de hacerse constar directamente la aceptación del designado, bien por escrito firmado por él o por comparecencia ante el Secretario de la Junta Electoral Provincial.

2º. Por lo que se refiere a las elecciones autonómicas, no existe inconveniente en que una misma persona ostente la representación provincial para las elecciones autonómicas y municipales, ni tampoco para que una misma persona ostente la representación de candidatura en varias circunscripciones de una misma Comunidad Autónoma. En cuanto a los restantes extremos, ha de estarse a la legislación de cada Comunidad.

Descriptores de materia:

REPRESENTANTES ELECTORALES - Designación

   Volver