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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/04/1991

Núm. Acuerdo: 51/1991

Núm. Expediente: 000/91041205

Autor: Ayuntamiento de Navalilla (Segovia)

Objeto:

Reiteración del Ayuntamiento de Navalilla (Segovia) sobre incompatibilidad de Vocal Gestor del municipio, contratato por la Mancomunidad en la que el mismo se integra.

Acuerdo:

Trasladar que el supuesto a que se refiere la consulta no se encuentra comprendido en las causas de incompatibilidad referidas en las letras b) y d) del artículo 178.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por cuanto el Vocal gestor del municipio contratado por la mancomunidad en la que el municipio se integra, no ostenta la condición de personal en activo del Ayuntamiento o de entidad o establecimiento dependientes de él, sino que es personal en activo de una entidad supramunicipal y, por tanto, no dependiente del Ayuntamiento, ni tampoco ostenta la condición de contratista o subcontratista de contratos cuya financiación corra a cargo de la corporación municipal, sino la de contratado -y no por tanto contratista- por una entidad supramunicipal.

Descriptores de materia:

COMISIÓN GESTORA - Miembros

INCOMPATIBILIDAD

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