Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 26/05/1991
Núm. Acuerdo: 161/1991
Núm. Expediente: 000/91052628
Autor: | Junta Electoral Provincial de Madrid |
Objeto:
La Junta Electoral Provincial de Madrid traslada consulta del representante del Partido Popular sobre validez de papeletas electorales.
Acuerdo:
Trasladar a la Junta Electoral Provincial para su conocimiento y notificación al representante del Partido Popular que:
1.- Esta Presidencia ha dictado en el día de la fecha circular del siguiente tenor dirigida a las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma y a las Juntas Electorales Provinciales, para su conocimiento y traslado a las Juntas de Zona:
Es válido el voto emitido en papeleta electoral aunque contenga algún subrayado o marca que no suponga intención de exclusión, enmienda o tachadura de cualquiera de los candidatos que figuren en las mismas, ni altere el orden de colocación de los candidatos, en orden a salvaguardar la voluntad libre e inequívocamente expresada por el elector.
2.- En la página 18 del Manual para Miembros de Mesas Electorales figura exactamente el contenido de tal circular.
3.- En consecuencia, no ha lugar a autorizar el pedimento contenido en el otrosí del escrito del representante del Partido Popular.
Descriptores de materia:
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES