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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 26/05/1991

Núm. Acuerdo: 145/1991

Núm. Expediente: 000/91052627

Autor: Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Objeto:

La Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de La Rioja Ttaslada consulta formulada por el representante del Partido Socialista Obrero Español en relación con la validez de las papeletas electorales que puedan contener alguna señal.

Acuerdo:

Remitir circular a todas las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma y Juntas Electorales Provinciales -para su conocimiento y traslado a las de Zona- del siguiente tenor:

Es válido el voto emitido en papeleta electoral, aunque contenga algún subrayado o marca que no suponga intención de exclusión, enmienda o tachadura de cualquiera de los candidatos que figuren en las mismas, ni altere el orden de colocación de los candidatos, en orden a salvaguardar la voluntad libre e inequívocamente expresada por el elector.

Descriptores de materia:

VOTOS VÁLIDOS Y NULOS

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