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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 18/10/1991

Núm. Acuerdo: 299/1991

Núm. Expediente: 000/91101819

Autor: Junta Electoral Provincial de Teruel

Objeto:

La Junta Electoral Provincial de Teruel traslada testimonio de particulares de diligencias previas 398/91 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Teruel.

Acuerdo:

NOTA: En los particulares remitidos consta que, incoadas diligencias previas como consecuencia de acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Teruel de 10 de junio, remitido al Juzgado, sobre incomparecencia de D. J. A. I. P. para constituir una Mesa Electoral el 26 de mayo, mediante escrito de 22 de agosto de 1.991, el Fiscal "dice (al Juzgado) que se comunique la causa a la Junta Electoral de Zona por si los hechos perpetrados por D. J. A. I. P. pudieran ser constitutivos de infracción administrativa"; sin que en los particulares testimoniados aparezca que se haya acordado el archivo de las diligencias previas.

ACUERDO.-Devolver las actuaciones al Juzgado de Instrucción nº. 2 de Teruel, a través de la Junta Electoral Provincial correspondiente, dado que, en tanto estén abiertas diligencias procesales penales, no cabe a la Administración, en este caso la Electoral, proseguir actuaciones sancionadoras, dado el principio non bis in idem, ínsito en el artículo 25 de la Constitución.

Descriptores de materia:

ADMINISTRACIÓN ELECTORAL

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

MESAS ELECTORALES - Constitución

MULTAS Y SANCIONES

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