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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/04/1991

Núm. Acuerdo: 337/1991

Núm. Expediente: 000/91041206

Autor: Ayuntamiento de Gascones (Madrid)

Objeto:

Consulta del Ayuntamiento de Gascones (Madrid) sobre régimen electoral del municipio por haber sobrepasado a 1.1.1991 la cifra de 100 habitantes.

Acuerdo:

Trasladar que:

1º. Conforme a lo establecido por el artículo 1 del Real Decreto 282/1991, de 8 de marzo, la fecha de referencia a efectos de determinar la población de derecho de cada municipio en orden a las elecciones locales convocadas por Real Decreto 391/1991, de 1 de abril, es la que corresponde a la rectificación del Padrón Municipal de Habitantes referida a 1.1.1990.

2º. El artículo 2 del referido Real Decreto 282/1991 instrumenta la facultad de las Corporaciones locales de presentar reclamación contra la publicación efectuada en el Boletín Oficial de la Provincia de la población de derecho de cada municipio y del número de concejales que corresponden al mismo.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1991

Descriptores de materia:

ELECCIONES LOCALES

MUNICIPIOS DE ENTRE 100 Y 250 HABITANTES

PADRÓN MUNICIPAL

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