Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 12/04/1991
Núm. Acuerdo: 337/1991
Núm. Expediente: 000/91041206
Autor: | Ayuntamiento de Gascones (Madrid) |
Objeto:
Consulta del Ayuntamiento de Gascones (Madrid) sobre régimen electoral del municipio por haber sobrepasado a 1.1.1991 la cifra de 100 habitantes.
Acuerdo:
Trasladar que:
1º. Conforme a lo establecido por el artículo 1 del Real Decreto 282/1991, de 8 de marzo, la fecha de referencia a efectos de determinar la población de derecho de cada municipio en orden a las elecciones locales convocadas por Real Decreto 391/1991, de 1 de abril, es la que corresponde a la rectificación del Padrón Municipal de Habitantes referida a 1.1.1990.
2º. El artículo 2 del referido Real Decreto 282/1991 instrumenta la facultad de las Corporaciones locales de presentar reclamación contra la publicación efectuada en el Boletín Oficial de la Provincia de la población de derecho de cada municipio y del número de concejales que corresponden al mismo.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1991
Descriptores de materia:
ELECCIONES LOCALES
MUNICIPIOS DE ENTRE 100 Y 250 HABITANTES
PADRÓN MUNICIPAL