Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/04/1991
Núm. Acuerdo: 345/1991
Núm. Expediente: 000/91042924
Autor: | Junta Electoral Provincial de Pontevedra |
Objeto:
Consulta de la Junta Electoral Provincial de Pontevedra sobre si la cédula de identidad del país de residencia o el certificado de nacionalidad expedido por el Consulado de España en aquél, sustituye a la copia del DNI o pasaporte a los efectos del voto de los electores inscritos en el CERA.
Acuerdo:
Trasladar que en orden a la solicitud del voto por correspondencia de los residentes ausentes que vivan en el extranjero puede admitirse la certificación de nacionalidad expedida por el Consulado de España en el país de residencia, pero no la cédula de identidad del país de residencia.
Trasladar a la Oficina del Censo Electoral el presente acuerdo para instrucción a sus Delegaciones Provinciales.
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto
CERTIFICACIONES
DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL