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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/04/1991

Núm. Acuerdo: 345/1991

Núm. Expediente: 000/91042924

Autor: Junta Electoral Provincial de Pontevedra

Objeto:

Consulta de la Junta Electoral Provincial de Pontevedra sobre si la cédula de identidad del país de residencia o el certificado de nacionalidad expedido por el Consulado de España en aquél, sustituye a la copia del DNI o pasaporte a los efectos del voto de los electores inscritos en el CERA.

Acuerdo:

Trasladar que en orden a la solicitud del voto por correspondencia de los residentes ausentes que vivan en el extranjero puede admitirse la certificación de nacionalidad expedida por el Consulado de España en el país de residencia, pero no la cédula de identidad del país de residencia.

Trasladar a la Oficina del Censo Electoral el presente acuerdo para instrucción a sus Delegaciones Provinciales.

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

CERTIFICACIONES

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL

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