Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 06/06/1991
Núm. Acuerdo: 399/1991
Núm. Expediente: 000/91060616
Objeto:
Recurso interpuesto por el Partido Popular contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Reinosa (Cantabria) resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Campo Yuso.
Acuerdo:
ANTECEDENTES:
1º.- Con fecha 4 de Junio de 1991 se recibió en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto por el Partido Popular contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Reinosa resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Campo Yuso, cuya pretensión es impugnar la votación en la mesa 1-1A-D correspondiente al citado Municipio por haber permitido el voto en la misma de una electora que no figuraba en el censo de la Mesa.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1º. Dado que el mero error consistente en permitir el ejercicio del derecho de sufragio de una electora en una mesa electoral distinta de la de aquella en cuyas listas del censo electoral estaba inscrita no tiene trascendencia alguna en cuanto al resultado electoral.
2º. Aún cuando se ha vulnerado lo dispuesto en el art. 86.2 LOREG – y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar – tal infracción en modo alguno hace variar el resultado electoral, por lo que procede desestimar la pretensión del recurrente.
Por todo ello, esta Junta Electoral Central en reunión del día de la fecha
ACUERDA: Desestimar el recurso dando traslado del expediente a la Junta Electoral de Zona de Reinosa que deberá llevar a cabo la proclamación de electos conforme a los resultados declarados por dicha Junta Electoral.
Descriptores de materia:
ESCRUTINIO
PROCLAMACIÓN DE ELECTOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS