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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/06/1991

Núm. Acuerdo: 460/1991

Núm. Expediente: 000/91060789

Objeto:

Recurso interpuesto por en representación del Partido Popular contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Pontevedra resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Caldas de Reyes (Pontevedra).

Acuerdo:

ANTECEDENTES:

1º.- Con fecha 6 de junio de 1991 se recibió en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto en representación del Partido Andalucista contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Pontevedra resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Caldas de Reyes cuya pretensión es que se declaren nulos 463 votos emitidos en las mesas 1-2-A, 1-3-A y 3-2-U, en favor del P.S. de G.-P.S.O.E. en papeleta diversa del modelo oficial.

2º.- Se ha personado dentro del plazo legal el representante de la candidatura del Partido Popular.

3º.- Dentro del plazo concedido el representante de la candidatura personada formula ante esta Junta las alegaciones pertinentes en defensa de su derecho.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Las papeletas cuya invalidez se pretende, como bien dice la Junta Electoral de Zona en su informe, no incurren "en causa de nulidad por cuanto que, el nombre de los candidatos que figura en las papeletas estuviere redactado en unos con letras mayúsculas y en otros con minúsculas, no supone una variación sustancial con respecto al modelo oficial".

Tal resolución es plenamente ajustada a Derecho en cuanto permite garantizar la efectividad del derecho de sufragio activo de los ciudadanos y el derecho de las candidaturas, parámetros interpretativos fundamentales en la materia según reiterada doctrina de esta Junta y jurisprudencial, por lo que resulta procedente desestimar el recurso.

En su virtud esta Junta Electoral Central en reunión del día de la fecha

ACUERDA: Desestimar el recurso dando traslado del expediente a la Junta Electoral de Zona de Pontevedra que deberá llevar a cabo la proclamación de electos conforme a los resultados declarados por dicha Junta Electoral.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1991

Descriptores de materia:

ESCRUTINIO

PROCLAMACIÓN DE ELECTOS

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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