Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/06/1991
Núm. Acuerdo: 454/1991
Núm. Expediente: 000/91060793c
Objeto:
Recurso interpuesto por Emilio Reina Laiseca en representación de AGRUPACIÓN ELECTORAL INDEPENDIENTE DE SOPUERTA contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Balmaseda resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Sopuerta.
Acuerdo:
ANTECEDENTES
1º.- Con fecha 5 de junio de 1991 se recibió en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto por Emilio Reina Laiseca en representación de AGRUPACIÓN ELECTORAL INDEPENDIENTE DE SOPUERTA contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Balmaseda resolutorio de reclamación contra-el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Sopuerta cuya pretensión es la anulación de cuatro votos por correo en la Mesa única del Distrito 2, y dos votos por correo en la Mesa única, distrito 1, de Sopuerta.
2º.- No se han personado dentro del plazo legal los representantes de las candidaturas emplazadas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Tal como señala acertadamente la Junta Electoral de Zona, no aparecen acreditadas las causas de la impugnación, por lo que procede desestimar la pretensión formulada.
Esta Junta Electoral Central en reunión del día de la fecha
ACUERDA: Desestimar el recurso danto traslado del expediente a la Junta Electoral de Zona de Balmaseda que deberá llevar a cabo la proclamación de electos conforme a los resultados declarados por dicha Junta Electoral.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1991
Descriptores de materia:
ESCRUTINIO
PROCLAMACIÓN DE ELECTOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS