Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 11/05/1992
Núm. Acuerdo: 49/1992
Núm. Expediente: 000/92051112
Autor: | Ayuntamiento |
Objeto:
Consulta sobre participación en la Asamblea Vecinal de los extranjeros empadronados en el municipio, que funciona en régimen de concejo abierto.
Acuerdo:
Comunicar que la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica 8/1991, de 13 de marzo, establece que lo previsto para los ciudadanos extranjeros residentes en España en el artículo 176.1 de la Ley Orgánica 5/1985 solamente será de aplicación a partir de las primeras elecciones municipales convocadas con posterioridad a 1992. En consecuencia, y teniendo en cuenta además lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley reguladora de las bases de régimen local de 2 de abril de 1985, los extranjeros empadronados en ese municipio no pueden participar con derecho de voto en la Asamblea Vecinal del municipio, por cuanto no reunen la condición de electores a los efectos del presente proceso electoral local.
Descriptores de materia:
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CENSO ELECTORAL - Datos
CONCEJO ABIERTO
EXTRANJEROS