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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/06/1992

Núm. Acuerdo: 54/1992

Núm. Expediente: 000/92061502

Autor: Ayuntamiento

Objeto:

Consulta sobre incompatibilidad entre el cargo de concejal y el de contratado laboral con contrato suscrito, al amparo de una Orden de fomento de empleo de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Generalidad Valenciana con base en un programa de ayuda de la Comunidad Valenciana en colaboración con la Corporación Local.

Acuerdo:

La competencia para la declaración de compatibilidad o incompatibilidad de un concejal corresponde a la propia Corporación de la que forma parte. Conforme al artículo 178.2 d) de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, es incompatible la condición de concejal con la de contratado por la Corporación Local, aunque no sea ésta la entidad que abone su retribución ni tenga la condición de personal de plantilla de la misma.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad

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