Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 09/10/1992

Núm. Acuerdo: 92/1992

Núm. Expediente: 000/92100906

Autor: Consejero Comarcal

Objeto:

Sustitución de consejero comarcal, no existiendo otros candidatos que puedan cubrir la vacante como consecuencia de su renuncia anticipada.

Acuerdo:

De conformidad con el artículo 21.4 de la Ley 6/1987, de 4 de abril, sobre Organización Comarcal de Cataluña, modificada por la Ley 3/1990, de 8 de enero, de modificación de la división comarcal de Cataluña, no siendo posible cubrir la vacante producida por la renuncia del consejero comarcal por no existir candidatos suplentes, dada la renuncia anticipada de todos ellos, ha de procederse a una nueva designación de consejero comarcal, de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 1 del citado artículo 21, a cuyos efectos se da traslado del presente acuerdo al Representante General de Partido Político para que designe a la persona que haya de ser proclamada miembro del Consejo Comarcal entre los que ostenten la condición de concejales de los municipios de la comarca, indicando además los suplente en número de cinco que puedan ocupar las eventuales vacantes que en su caso se produzcan.

Descriptores de materia:

CONSEJOS COMARCALES

   Volver