Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 21/12/1992
Núm. Acuerdo: 110/1992
Núm. Expediente: 000/92122122
Autor: | Ayuntamiento |
Alcalde |
Objeto:
Renuncia del Alcalde Pedáneo de la entidad local menor de Osona, no habiendo candidato que pueda cubrir la vacante.
Acuerdo:
En el supuesto de ausencia de otros candidatos que puedan cubrir la vacante producida de Alcalde Pedáneo, ha de procederse conforme a lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, en relación con el artículo 182 de la LOREG, procediéndose por la Diputación Provincial a la designación de un órgano unipersonal de carácter gestor, de acuerdo con los resultados de las últimas elecciones locales en la Sección constitutiva de la entidad local menor.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1991
Descriptores de materia:
ALCALDES PEDÁNEOS - Renuncia
ALCALDES PEDÁNEOS - Vacantes
COMISIÓN GESTORA - Constitución
ENTIDADES LOCALES MENORES