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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/12/1992

Núm. Acuerdo: 110/1992

Núm. Expediente: 000/92122122

Autor: Ayuntamiento
Alcalde

Objeto:

Renuncia del Alcalde Pedáneo de la entidad local menor de Osona, no habiendo candidato que pueda cubrir la vacante.

Acuerdo:

En el supuesto de ausencia de otros candidatos que puedan cubrir la vacante producida de Alcalde Pedáneo, ha de procederse conforme a lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, en relación con el artículo 182 de la LOREG, procediéndose por la Diputación Provincial a la designación de un órgano unipersonal de carácter gestor, de acuerdo con los resultados de las últimas elecciones locales en la Sección constitutiva de la entidad local menor.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1991

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS - Renuncia

ALCALDES PEDÁNEOS - Vacantes

COMISIÓN GESTORA - Constitución

ENTIDADES LOCALES MENORES

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