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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/04/1993

Núm. Acuerdo: 35/1993

Núm. Expediente: 000/93041612

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Consulta sobre si, con la información elaborada con base en la llamada campaña puerta a puerta organizada por el PSOE, se podría vulnerar el derecho del elector a no ser coaccionado o presionado bajo ningún pretexto en el ejercicio del derecho de sufragio o si, en su caso, podría ser constitutiva de infracción electoral.

Acuerdo:

Comunicar a la representante General del Partido Popular que, con los datos de que se dispone y, en el marco de lo previsto en la LOREG, no constituye en sí misma conducta sancionable por la Junta.

Dar traslado a la misma de la comunicación del Fiscal General del Estado del archivo de las actuaciones dimanantes de la denuncia presentada por el Sr. G.C., en nombre del Consejo Político Federal de Izquierda Unida, solicitando se adopten las medidas oportunas tendentes a la paralización de la campaña "puerta a puerta" llevada a cabo por el Partido Socialista Obrero Español, por entender que la misma podría vulnerar la Ley 5/1992, de 29 de octubre, de regulación de la tramitación automatizada de los datos de carácter personal.

Dar traslado del presente acuerdo al Defensor del Pueblo en orden a su remisión al Sr. D.L., quien se dirigió a esa Institución en relación con esta cuestión.

Dar traslado al representante general del PSOE.

Descriptores de materia:

CAMPAÑA ELECTORAL - Actos

PROPAGANDA ELECTORAL - Irregularidades

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