Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 13/07/1993
Núm. Acuerdo: 151/1993
Núm. Expediente: 000/93071322
Autor: | Agrupación Independiente "Comarca de Aranda" |
Objeto:
Consulta sobre si un ciudadano español, condenado por la Audiencia Provincial en sentencia firme, de 14 de mayo de 1990, como responsable de un delito de falsedad, y no habiendo cumplido la sentencia en el momento de las elecciones municipales de mayo de 1991 puede presentarse para ser electo para ejercer cargo público siendo el auto de notificación de fecha 9 de abril de 1991, donde se le otorga la condena condicional y se le suspende por el término de dos años a la pena de un mes y un día de arresto mayor, pero nunca al derecho se sufragio o función de carácter público.
Acuerdo:
La cuestión referida a la elegibilidad de un candidato en las elecciones locales de 1991 tenía su cauce jurisdiccional en el recurso previsto en el artículo 49 de la LOREG contra la proclamación de las candidaturas y candidatos y, en su caso, en el recurso contencioso electoral regulado en los artículos 109 y siguientes.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1991
Descriptores de materia:
CANDIDATOS - Elegibilidad
SENTENCIAS Y AUTOS