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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/05/1993

Núm. Acuerdo: 195/1993

Núm. Expediente: 000/93051202

Autor: ICP/Research. El Director General, D. Ginés Garrido.

Objeto:

Consulta sobre si existe algún impedimento legal para la realización de sondeo electoral en los seis días anteriores a la elección, cuyos resultados no serán publicados ni difundidos por ningún medio de comunicación.

Acuerdo:

Comunicar que el art. 69.7 de la LOREG prohíbe la publicación y difusión de sondeos electorales por cualquier medio, cualquiera que sea su ámbito de difusión, durante los cinco días anteriores al de la votación, pero no la realización de tales sondeos dentro de ese plazo.

Descriptores de materia:

ENCUESTAS Y SONDEOS

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

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