Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 04/02/1994
Núm. Acuerdo: 24/1994
Núm. Expediente: 000/94020431
Autor: | Galicia |
Objeto:
Consulta, para futuros procesos electorales, sobre criterios que han de regir la concesión de báculos de alumbrado público u otros soportes de titularidad municipal para la colocación de banderolas u otros medios de publicidad electoral
Acuerdo:
La Junta Electoral de Galicia pone de relieve que en la hipótesis de una autorización directa a una empresa de publicidad de la totalidad del alumbrado público de las calles principales y su posterior concesión, a través de una empresa de publicidad interpuesta, a una determinada fuerza política, se podría vulnerar el principio de igualdad establecido en los artículos 8 y 58 de la LOREG.
Descriptores de materia:
NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO
PROPAGANDA ELECTORAL