Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/03/1994
Núm. Acuerdo: 39/1994
Núm. Expediente: 000/94030728
Autor: | Ministerio del Interior. El Director General de Política Interior |
Objeto:
Comunicación de que siendo la Dirección General de Política Interior exclusivamente competente para el abono material de las subvenciones por gastos electorales, sin poder entrar a resolver cuestiones litigiosas en cuanto a la interpretación de la LOREG, declara por recibidos los escritos del representante general de IU a los solos efectos de tener conocimiento de ellos, quedando, en todo caso, a lo que al respecto se decida por la Junta Electoral, en cuanto a la petición de Izquierda Unida.
Acuerdo:
1º. Trasladar al Ministerio del Interior que si de la contabilidad presentada por la entidad política reclamante resulta que la referida a los gastos por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas o de propaganda electoral lo fue integrando los derivados de la remisión efectuada en los ámbitos territoriales de Cataluña y Galicia, en los que concurrió en coalición con otras entidades políticas, ha de procederse al abono de las cantidades correspondientes a los mismos.
2º. Traladar el presente acuerdo al representante general de Izquierda Unida.
Descriptores de materia:
GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Cantidades