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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/04/1994

Núm. Acuerdo: 94/1994

Núm. Expediente: 251/8

Autor: Ayuntamiento

Objeto:

Consulta sobre si existe causa de incompatibilidad entre la condición de concejal y la de médico titular del Insalud en el municipio que lleva anejo el cargo de Jefe Local de Sanidad.

Acuerdo:

La declaración de incompatibilidad corresponde a la Corporación de la que el concejal forma parte, de conformidad con lo que establece el artículo 10.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Esta Junta reiteradamente ha acordado que no concurre causa de incompatibilidad con la condición de concejal en los médicos titulares que ocupan el cargo de Jefe Local de Sanidad, por cuanto el citado cargo es anejo al de médico titular. La sentencia del Tribunal Constitucional 85/1986, de 20 de febrero, a la que alude en su escrito, no se refiere a la cuestión planteada.

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

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