Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 10/05/1994

Núm. Acuerdo: 137/1994

Núm. Expediente: 000/94051034

Autor: Ayuntamiento de Talayuela (Cáceres). El Alcalde

Objeto:

Consulta sobre si cabe ser concejal de un Ayuntamiento y vocal de la comisión gestora de un nuevo municipio.

Acuerdo:

1º. Comunicar que, teniendo los vocales de las Comisiones Gestoras de municipios los mismos derechos y deberes que los concejales, y visto que el artículo 46.6 LOREG prohíbe que un candidato pueda presentarse en más de una circunscripción, no cabe ostentar la condición de concejal en un municipio y de vocal de una Comisión Gestora de otro municipio.

2º. Dar traslado del presente acuerdo a los Presidentes de las Comunidades Autónomas en orden a lo establecido en el artículo 79.8 LOREG.

Descriptores de materia:

COMISIÓN GESTORA - Miembros

CONCEJALES - Incompatibilidad

   Volver