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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 05/07/1994

Núm. Acuerdo: 338/1994

Núm. Expediente: 251/15

Autor: Ayuntamiento

Objeto:

Consulta sobre si las certificaciones de descubierto, expedidas por los órganos de intervención a propuesta de los órganos de recaudación, a las que el artículo 104 del Reglamento General de Recaudación, atribuye la misma fuerza ejecutiva que la sentencia judicial para proceder contra los bienes y derechos de los deudores, son instrumento suficiente para acreditar la inelegibilidad con el cargo de concejal de "los deudores directos o subsidiarios de la correspondiente Corporación Local contra quienes se hubiera expedido mandamiento de apremio por resolución judicial".

Acuerdo:

Comunicar que, según tiene reiteradamente acordado esta Junta, en materia de inelegibilidades no cabe una interpretación extensiva, de manera que si el mandamiento de apremio no se ha dictado por resolución judicial sino por resolución administrativa no cabe declaración de inelegibilidad, dados los términos estrictos del artículo 177 LOREG.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Elegibilidad

DECLARACIÓN DE ACTIVIDADES Y BIENES

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