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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 22/12/1994

Núm. Acuerdo: 420/1994

Núm. Expediente: 280/8

Autor: Severiano Martín

Objeto:

Consultas sobre presentación de candidaturas en elecciones locales.

Acuerdo:

Para presentar candidatura en un municipio de menos de 5.000 habitantes, el número de firmas de inscritos en el censo electoral del municipio, autenticadas notarialmente o por el Secretario de la Corporación municipal, que se exige por el artículo 187.3 LOREG es "no menos del 1 por 100 de los inscritos siempre que el número de firmantes sea más del doble que el de concejales a elegir". No es necesario estar empadronado o censado en el municipio en que se presente la candidatura al cargo de concejal.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1995

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Presentación

ELECCIONES LOCALES

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