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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/03/1995

Núm. Acuerdo: 105/1995

Núm. Expediente: 201/41

Autor: Director de la Oficina del Censo Electoral

Objeto:

Informe sobre Ayuntamientos mayores de 10.000 inscritos en el censo que no han remitido a la fecha la documentación para la revisión del censo electoral a 1 de enero de 1995.

Acuerdo:

Sin perjuicio de las acciones que en su caso puedan adoptarse por esta Junta Electoral Central o por la Oficina del Censo Electoral por el incumplimiento de los plazos marcados por la Oficina del Censo Electoral para la remisión de la documentación a que se refiere el artículo 35 de la LOREG para la revisión del censo electoral a 1 de enero de 1995 por ese Ayuntamiento, se reitera por esta Junta Electoral Central el requerimiento para que proceda al cumplimiento sin más dilación de la obligación de remisión de la citada documentación por cuanto queda afectado el proceso de revisión censal; asimismo deberá informar en el plazo improrrogable de cinco días a esta Junta Electoral Central de las razones que han motivado el retraso producido, adoptando las medidas necesarias para evitar que en posteriores revisiones vuelva a producirse.

Descriptores de materia:

CENSO ELECTORAL - Datos

CENSO ELECTORAL - Irregularidades

MUNICIPIOS DE MÁS DE 250 HABITANTES

PADRÓN MUNICIPAL

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