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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/03/1995

Núm. Acuerdo: 139/1995

Núm. Expediente: 250/4

Autor: D. Juan Santamaría Robles

Objeto:

Consulta sobre si podrían ser "impugnados" los votos emitidos por personas empadronadas en un domicilio "en el que tienen su principal interés" pero en el que no viven.

Acuerdo:

Comunicar que tal como dispone el artículo 2 de la LOREG el derecho de sufragio corresponde a los mayores de edad no comprendidos en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 3, y siempre que estén inscritos en el censo electoral vigente, documento autónomo e independiente del padrón de habitantes.

Descriptores de materia:

CENSO ELECTORAL - Irregularidades

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

EMPADRONAMIENTOS IRREGULARES

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