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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/03/1995

Núm. Acuerdo: 154/1995

Núm. Expediente: 134/2

Autor: Consejo General Nacional de Colegios de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

Objeto:

Propuestas en relación con la actuación de los Secretarios de Ayuntamiento como Delegados de las Juntas Electorales de Zona.

Acuerdo:

Trasladar que, con arreglo al artículo 11 de la LOREG, los Secretarios de Ayuntamientos, en su condición de Delegados de las Juntas Electorales de Zona, actúan bajo la estricta dependencia de las mismas, correspondiendo a cada Junta de Zona determinar las tareas electorales que han de realizar los Secretarios de Ayuntamientos y la forma en que hayan de cumplirlas. No obstante lo anterior, se traslada a todas las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento y traslado a las de Zona el primer punto de la propuesta del Consejo General Nacional de Colegios de funcionarios de Administración Local con habilitación nacional.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO

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