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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/03/1995

Núm. Acuerdo: 137/1995

Núm. Expediente: 251/47

Autor: Particulares

Objeto:

Consulta sobre si la inhabilitación del quebrado afecta a su elegibilidad.

Acuerdo:

1º. Comunicar que los quebrados en cuanto tales no están incluidos entre las personas privadas del derecho de sufragio, conforme al artículo 3º de la L.O.R.E.G, salvo que concurra alguna de las causas de privación del sufragio del citado precepto.

2º. Las consultas de los electores, una vez que se convoque el proceso electoral, han de dirigirse a la Junta Electoral de Zona, tal como dispone el artículo 20 L.O.R.E.G.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Elegibilidad

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