Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/03/1995

Núm. Acuerdo: 122/1995

Núm. Expediente: 351/219

Autor: Vecino de la Entidad Local Menor de Valdeíñigos, del Municipio de Tejeda del Tiétar (Cáceres)

Objeto:

Consulta sobre constitución de la Junta Vecinal de la citada Entidad Local Menor.

Acuerdo:

Trasladar que, conforme a lo dispuesto en el artículo 199 de la L.O.R.E.G., salvo lo que establezcan las leyes de las Comunidades Autónomas, las Juntas Vecinales están formadas por el Alcalde Pedáneo que las preside y que es elegido directamente por los vecinos de la entidad local menor por sistema mayoritario, y por dos o cuatro Vocales, según que la población del núcleo sea inferior o superior a 250 residentes, designándose estos Vocales por los representantes de las candidaturas en función de los resultados de las elecciones para el Ayuntamiento en la Sección o Secciones electorales constitutivas de la Entidad Local Menor y entre los electores de ésta.

Descriptores de materia:

ENTIDADES LOCALES MENORES

JUNTAS VECINALES

   Volver