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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/04/1995

Núm. Acuerdo: 194/1995

Núm. Expediente: 281/21

Autor: Partit dels Socialistes de Catalunya (Secretario de Organización)

Objeto:

Diversas consultas sobre constitución de coaliciones electorales.

Acuerdo:

Comunicar que:

1º. Cabe la constitución de una coalición electoral formada por los mismos partidos políticos con diferentes denominaciones según los diferentes municipios en que concurran siempre que así se haga constar expresamente ante la Junta Electoral competente para la formalización de las coaliciones, que, en las de ámbito provincial o inferior al provincial, es la Junta Electoral Provincial.

2º. En cuanto en tal caso la entidad política es la misma, aun con denominaciones diferentes, los votos obtenidos por la misma se computan conjuntamente en orden a la elección de los diputados provinciales y consejeros comarcales.

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

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