Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 10/05/1995
Núm. Acuerdo: 277/1995
Núm. Expediente: 271/13
Autor: | Presidente de la Junta Electoral Provincial de Granada |
Objeto:
Consulta sobre elección de la vía a seguir (comprobación de oficio por la Junta Electoral de Zona o aportación de certificado de inscripción en el censo por los representantes de las candidaturas) para tener por acreditada la condición de elector de los interventores.
Acuerdo:
Trasladar que si los representantes de las candidaturas no aportan certificado de inscripción en el censo de todos y cada uno de los designados interventores, las Juntas Electorales han de comprobar de oficio, mediante las listas electorales puestas a su disposición, la condición de electores de quienes no acrediten dicha condición mediante el certificado de inscripción.
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES