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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 02/06/1995

Núm. Acuerdo: 350/1995

Núm. Expediente: 331/74

Autor: Junta Electoral Central

Objeto:

Circular a las Juntas Electorales Provinciales y a las de Ceuta y Melilla para remisión a la Central, una vez firme el escrutinio general, de una copia del acta de proclamación de electos de conformidad con el artículo 108.5 de la LOREG.

Acuerdo:

Instar a las Juntas Electorales de Zona a través de las Juntas Electorales Provinciales para que, una vez firme el escrutinio general, conforme a lo previsto en el artículo 108.5 de la LOREG, remitan a la Junta Electoral Central una copia legible del acta de proclamación de electos, con el contenido referido en el párrafo 5 de dicho precepto.

La remisión se realizará por el procedimiento más rápido, sin que se admita en ningún caso que tal remisión se realice por medio de telefax. Los gastos de remisión, en caso de que no se utilice el correo oficial, serán sufragados en los términos previstos en el artículo 13.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Descriptores de materia:

ACTAS

ESCRUTINIO

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

PROCLAMACIÓN DE ELECTOS

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