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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/09/1995

Núm. Acuerdo: 411/1995

Núm. Expediente: 202/24

Autor: Director de la Oficina del Censo Electoral

Objeto:

Consultas en relación con listas electorales, credenciales talonarias de interventores y voto CERA en las elecciones locales parciales de 1995.

Acuerdo:

Comunicar a la Oficina del Censo Electoral:

Que en cuanto a las listas del censo electoral del municipio de Llaurí (Valencia), en estricto acatamiento a la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de fecha 28 de junio de 1995, y haciendo constar este hecho, deberán incluirse en un apéndice especial de las listas del censo a los solos efectos de ejercicio del derecho de sufragio activo en las elecciones locales parciales a las Sras. S.R. y T.Q.

Que en las hojas talonarias que las Juntas Electorales de Zona, conforme al artículo 78.2 de la LOREG, envíen a las Mesas electorales en las próximas elecciones parciales habrá de reflejarse si el designado como interventor figura o no como elector de la Mesa, pues sólo en caso de que lo sea podrá ejercer el derecho de sufragio.

Que por la Oficina del Censo Electoral se informe a los electores inscritos en el CERA del procedimiento a seguir para ejercer el sufragio, de conformidad con el artículo 190 de la LOREG.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales Parciales (5 de noviembre de 1995)

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

CREDENCIALES DE REPRESENTANTES, APODERADOS E INTERVENTORES

LISTAS ELECTORALES

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