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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 25/10/1995

Núm. Acuerdo: 423/1995

Núm. Expediente: 351/384

Autor: Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Alcolea del Río (Sevilla)

Objeto:

Renuncia de un concejal y toma de posesión del siguiente de la lista sin que por la Junta Electoral Central se haya expedido la correspondiente credencial.

Acuerdo:

La credencial es el documento expresivo de la condición de electo y, en consecuencia, título que ha de haberse expedido necesariamente con carácter previo a la toma de posesión del cargo.

El artículo 7 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales establece que "el concejal que resulte proclamado electo deberá presentar la credencial ante la Secretaría General".

Sin entrar, en virtud de lo anteriormente expuesto, en el juicio del acuerdo adoptado, y a los efectos de que pueda producirse la toma de posesión con arreglo a la ley en sustitución de D. Antonio Guerra Regajo, se expide en su favor la correspondiente credencial.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Credenciales

CONCEJALES - Renuncia

CONCEJALES - Toma de posesión

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