Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 17/04/1995
Núm. Acuerdo: 541/1995
Núm. Expediente: 321/24
Autor: | Director General de Asuntos Consulares. Ministerio de Asuntos Exteriores |
Objeto:
Consulta sobre procedimiento articulado por el Ministerio de Asuntos Exteriores para la recepción en las Oficinas y Secciones Consulares de Embajada y traslado posterior a España de los sobres con los votos de los electores que deseen utilizar este sistema alternativo para ejercer su derecho de sufragio.
Acuerdo:
Comunicar que, sin perjuicio del informe a recabar de la Oficina del Censo Electoral:
1º. El procedimiento articulado es aplicable exclusivamente para las elecciones a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, pero no para las elecciones locales. En consecuencia ha de aclararse este extremo.
2º. Ha de concretarse cuál es la oficina que a estos efectos se constituye en el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto