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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/04/1995

Núm. Acuerdo: 541/1995

Núm. Expediente: 321/24

Autor: Director General de Asuntos Consulares. Ministerio de Asuntos Exteriores

Objeto:

Consulta sobre procedimiento articulado por el Ministerio de Asuntos Exteriores para la recepción en las Oficinas y Secciones Consulares de Embajada y traslado posterior a España de los sobres con los votos de los electores que deseen utilizar este sistema alternativo para ejercer su derecho de sufragio.

Acuerdo:

Comunicar que, sin perjuicio del informe a recabar de la Oficina del Censo Electoral:

1º. El procedimiento articulado es aplicable exclusivamente para las elecciones a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, pero no para las elecciones locales. En consecuencia ha de aclararse este extremo.

2º. Ha de concretarse cuál es la oficina que a estos efectos se constituye en el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

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