Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 24/04/1995
Núm. Acuerdo: 554/1995
Núm. Expediente: 221/2
Autor: | Junta Electoral Provincial de Cáceres. El Presidente |
Objeto:
Consultas sobre elecciones de Alcalde pedáneo.
Acuerdo:
Comunicar que:
1º. El número de firmas para presentación de candidatura para Alcalde Pedáneo por agrupación de electores está en función de la población de la entidad local menor, conforme a la escala establecida por el artículo 187.3 LOREG, siendo de aplicación lo determinado in fine en el apartado a) en relación a las entidades locales de menor de 5.000 habitantes.
2º. La inclusión de símbolos y siglas es potestativo para la agrupación de electores.
Descriptores de materia:
ALCALDES PEDÁNEOS - Elección
ENTIDADES LOCALES MENORES