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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 28/04/1995

Núm. Acuerdo: 610/1995

Núm. Expediente: 283/104

Autor: Representante general de la coalición Los Verdes-Grupo Verde

Objeto:

Solicitud de copia de la certificación del Registro de Partidos relativa a la representación legal de LOS VERDES DE MADRID y de copia de las resoluciones de la Junta Electoral Central en relación con la acreditación de D. V.S.S. como representante general de LOS VERDES DE MADRID.

Acuerdo:

Trasladar que:

1º. El Registro de Partidos Políticos está adscrito al Ministerio de Justicia e Interior y no a la Junta Electoral Central.

2º. Contra los acuerdos de la Junta Electoral Central no cabe recurso de reposición, de conformidad con la Ley 30/1992, de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de aplicación supletoria en este ámbito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 L.O.R.E.G.

3º. Contra los acuerdos de las Juntas Electorales sobre proclamación de candidaturas cabe interponer el recurso referido en el artículo 49 L.O.R.E.G.

Descriptores de materia:

REGISTRO DE PARTIDOS POLÍTICOS

REPRESENTANTE ELECTORAL

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