Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 28/04/1995

Núm. Acuerdo: 623/1995

Núm. Expediente: 290/222

Autor: Presidente de la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife

Objeto:

Recurso de Coalición Canaria contra acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife que prohibió las emisiones de publicidad electoral en las emisoras privadas de televisión Antena 3 TV y Canal 7 del Atlántico, consistentes en que los señores Manuel Hermoso Rojas y Tomás Zerolo Aguilar realizaran un coloquio que entendió la Junta Electoral Provincial infringía lo dispuesto en el artículo 53 L.O.R.E.G. y el acuerdo de la Junta Electoral Central de 24 de febrero de 1995, sobre la prohibición de campañas publicitarias e informaciones que se excedan de los límites establecidos en las normas.

Acuerdo:

Desestimar el recurso por cuanto de conformidad con la Ley Orgánica Reguladora de la Publicidad Electoral en las emisiones de televisión privada está prohibida la contratación de espacios de publicidad en las citadas emisoras, y sin perjuicio de las medidas que, en su caso, pueda adoptar la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Descriptores de materia:

CAMPAÑA INSTITUCIONAL

ENTREVISTAS Y DEBATES

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS

   Volver