Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 28/04/1995
Núm. Acuerdo: 639/1995
Núm. Expediente: 359/43
Autor: | Presidente Sección Primera. Audiencia Provincial de Lleida |
Objeto:
Solicitud de certificación acreditativa sobre determinados extremos.
Acuerdo:
1º. Comunicar que no cabe a esta Junta Electoral Central certificar que una persona tiene o ha tenido la condición de Alcalde de un municipio de régimen ordinario, por ser la misma una elección indirecta entre los concejales.
2º. Trasladar a la Junta Electoral Provincial de Lleida para que remitiéndolo a la de Zona territorialmente competente expida la certificación interesada sobre la condición de Alcalde Pedáneo de la entidad de Mañanet.
Descriptores de materia:
ALCALDES PEDÁNEOS
CERTIFICACIONES