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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/05/1995

Núm. Acuerdo: 689/1995

Núm. Expediente: 283/152

Autor: Secretaria de la Junta Electoral Provincial de Pontevedra

Objeto:

Remite recurso del Partido Principal de Galicia contra acuerdo de dicha Junta, desestimatorio contra acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Pontevedra denegatorio de proclamación de candidatura presentada por el Partido recurrente en el municipio de Poio, candidatura cuya proclamación fue anulada por sentencia nº. 346, de 11 de mayo de 1995, de la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Acuerdo:

En ejercicio de la potestad de revisión de oficio que reconoce a esta Junta Electoral Central el artículo 19.1.e) de la L.O.R.E.G., anular el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Pontevedra en cuanto que, aunque lo desestime, admite a trámite el recurso ordinario interpuesto contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Pontevedra, acuerdo este último que se declara subsistente por cuanto contra el mismo, en cuanto denegatorio de la proclamación de una candidatura, sólo cabe el recurso jurisdiccional regulado en el artículo 49 de la L.O.R.E.G.

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Proclamación

RECURSOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS

SENTENCIAS Y AUTOS

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