Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 28/05/1995
Núm. Acuerdo: 736/1995
Núm. Expediente: 320/67
Autor: | D. José Ruíz Tasende |
Objeto:
Consulta sobre posibilidad de votar personalmente en la Mesa Electoral quién solicita el voto por correo.
Acuerdo:
Comunicar que, según tiene reiteradamente acordado esta Junta Electoral Central, no cabe admitir excepción alguna al principio que establece nítidamente el artículo 72 L.O.R.E.G. que no admite que voten personalmente quiénes han formulado solicitud de voto por correo.
Descriptores de materia:
DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO
VOTO POR CORRESPONDENCIA