Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 08/06/1995

Núm. Acuerdo: 765/1995

Núm. Expediente: 333/42

Autor: Representante del Partido Socialista Obrero Español

Objeto:

Recurso interpuesto por D. R.O.M. en representación del Partido Socialista de la Región de Murcia (PSRM-PSOE) contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Murcia resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Santomera y a la pedanía de Matanzas, correspondiente al mismo municipio.

Acuerdo:

ANTECEDENTES

1º.- Con fecha 06/06/1995 se recibió en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto por D. R.O.M. en representación del Partido Socialista Obrero Español contra acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Murcia resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Santomera y a la pedanía de Matanzas cuya pretensión es que se declaren como votos en favor del PSOE dos votos emitidos por correo con papeletas del Partido Popular por presunta manipulación y alternativamente que se resten dos votos a los atribuidos al Partido Popular.

2º.- Se ha tramitado el presente recurso conforme a lo previsto en el art. 108.3 LOREG.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En cuanto no se acreditan las presuntas manipulaciones cometidas en la tramitación de los votos emitidos por correspondencia por dos electores -Sres. C.M. y R.M.- ha de estarse a la interpretación más favorable a la efectividad de los derechos fundamentales y a los principios de conservación del acto electoral y de proporcionalidad, reiteradamente subrayados por esta Junta Electoral Central, por la jurisprudencia de los Tribunales contencioso-administrativos y por el Tribunal Constitucional en la interpretación del art. 113.2 LOREG, y en consecuencia desestimar el recurso basado en simples manifestaciones, ni concretadas, ni acreditadas, ni probadas, de manipulación o cambio del voto emitido con determinada papeleta. Las citadas manifestaciones únicamente acreditan que las papeletas incluidas en el sobre remitido por correo eran del Partido Popular y no del Partido Socialista Obrero Español, pero como no puede ser de otro modo, dados los principios de personalidad y secreto del voto, no puede probarse que los votantes hubieran utilizado la papeleta que -en la manifestación ante la Mesa Electoral y en el acta notarial de manifestaciones, que asimismo se acompaña- dicen haber elegido. En suma, la simple manifestación de haber ejercido el sufragio en sentido distinto al que consta en la papeleta que ha llegado por correo a la Mesa Electoral, por más que se denuncien hipotéticas manipulaciones en la tramitación del voto por correspondencia, no puede dar lugar al cómputo del voto en sentido distinto al que acredita dicha papeleta o a la anulación del mismo. Por lo demás la Junta Electoral de Zona ha actuado no sólo con diligencia sino con prontitud y ha remitido testimonio de la reclamación al Juzgado de Guardia de Murcia para que depure, en su caso, la autoría y posible responsabilidad penal derivada de los hechos denunciados en el recurso en cuanto podrían implicar la alteración falsaria de la voluntad de dos electores y, por tanto, y, como tal, un delito electoral tipificado en la L.O.R.E.G.

Segundo.- Se traslada asimismo a la Junta Electoral de Zona de Murcia el escrito de alegaciones de la representante general del Partido Popular en cuanto en el mismo se contiene denuncia contra la actuación de los electores sres. C.M. y R.M. ante las Mesas Electorales respectivas por presunta intimidación o alteración del orden en el local electoral.

ACUERDO

La Junta Electoral Central en su reunión del día de la fecha acuerda desestimar el recurso de referencia, trasladando a la Junta Electoral de Zona de Murcia que habrá de realizar la proclamación de electos en el Municipio de Santomera y en la pedanía de Matanzas conforme al resultado del escrutinio general realizado por dicha Junta Electoral de Zona.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1995

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

ESCRUTINIO

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

VOTO POR CORRESPONDENCIA - Irregularidades

   Volver