Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 08/06/1995
Núm. Acuerdo: 773/1995
Núm. Expediente: 333/50
Autor: | Partido Socialista Obrero Español de Andalucía |
Objeto:
Recurso interpuesto por D. M.D.S. en representación del Partido Socialista Obrero Español de Andalucía contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Valverde del Camino resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Nerva.
Acuerdo:
ANTECEDENTES
1º.- Con fecha 06/06/1995 se recibió en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto por D. M.D.S. en representación del Partido Socialista Obrero Español de Andalucía contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Valverde del Camino resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Nerva cuya pretensión es que se computen como válidos a favor de la candidatura del Partido recurrente determinados votos nulos.
2º.-Se ha tramitado el presente recurso conforme a lo previsto en el art. 108.3 LOREG.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Procede declarar inadmisible el recurso, por cuanto, tal como informa la Junta Electoral de Zona y se desprende del expediente, el hoy recurrente no sólo no hizo manifestación alguna durante el acto de escrutinio general - que no refleja por tanto ninguna incidencia - sino que ni siquiera formuló luego ninguna reclamación de las contempladas en el artículo 108.2 de la L.O.R.E.G. contra dicho acto de escrutinio, que resultó así consentido y firme.
ACUERDO
La Junta Electoral Central, en su reunión del día de la fecha, acuerda desestimar el recurso de referencia, trasladando a la Junta Electoral de Zona de Valverde del Camino que habrá de realizar la proclamación de electos en el municipio de Nerva con arreglo al resultado del escrutinio general realizado por dicha Junta Electoral de Zona.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1995
Descriptores de materia:
ESCRUTINIO
RECURSOS ADMINISTRATIVOS