Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 08/06/1995
Núm. Acuerdo: 783/1995
Núm. Expediente: 333/60
Autor: | Partido Popular |
Objeto:
Recurso interpuesto por D. E.H.C. en representación del Partido Popular contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Bande resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Muiños (Orense).
Acuerdo:
ANTECEDENTES
1º.- Con fecha 6 de junio de 1995 se recibió en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto por D. E.H.C. en representación de Partido Popular contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Bande resolutorio de reclamación contra el acto de escrutinio general correspondiente al Municipio de Muiños cuya pretensión es que se excluya del cómputo la Mesa 1-2-B de Muiños que, excluida en el acto de escrutinio general, fue posteriormente computada, en virtud de reclamación de la representante del PSOE.
2º.-Se ha tramitado el presente recurso conforme a lo previsto en el art. 108.3 LOREG.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Procede desestimar el presente recurso por cuanto, si bien la Junta Electoral de Zona en el acto de escrutinio excluyó del cómputo la Mesa de referencia a pesar de tener constancia de los votos obtenidos por cada candidatura, pero no, según el acta se sesión, del nº de electores censados, de votantes, de votos nulos y en blanco, luego, en la resolución de reclamación contra el acto de escrutinio, la Junta Electoral de Zona examinó con detenimiento el expediente electoral y, en función de los documentos (lista de votantes y otros) pudo integrar el resultado de la Mesa con los datos que en su momento no se determinaron y que no discute ahora el recurrente, por lo que la Junta Electoral de Zona cumplió al resolver la reclamación con su deber de búsqueda de la verdad material en garantía de la efectividad del derecho de sufragio de los electores, que obliga al cómputo de la Mesa cuestionada.
ACUERDO
La Junta Electoral Central, en su reunión del día de la fecha, acuerda desestimar el recurso de referencia, trasladando a la Junta Electoral de Zona de Bande que habrá de realizar la proclamación de electos en el municipio de Muiños (Orense) con arreglo al resultado del escrutinio general realizado por dicha Junta Electoral de Zona y ulterior rectificación del mismo en virtud de alegación estimada por la citada Junta Electoral de Zona.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1995
Descriptores de materia:
ESCRUTINIO
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
VOTOS EN BLANCO
VOTOS VÁLIDOS Y NULOS