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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 22/01/1996

Núm. Acuerdo: 34/1996

Núm. Expediente: 121/27

Autor: Secretaria de la Junta Electoral Provincial de Asturias

Objeto:

Consulta de la Junta Electoral Provincial de Asturias, sobre si debe constituirse la Junta Electoral con todos los vocales, incluidos los no judiciales, o bien si deben ser designados nuevamente a partir de la proclamación de las candidaturas.

Acuerdo:

Comunicar que la prórroga del mandato de las Juntas Electorales prevista en el artículo 15.3 LOREG afecta a todos sus miembros, incluidos los no judiciales y desde el inicio del proceso electoral, conforme al acuerdo de esta Junta Electoral Central de 13 de septiembre 1989.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES - Mandato

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES

VOCALES NO JUDICIALES DE JUNTAS ELECTORALES

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