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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/01/1996

Núm. Acuerdo: 90/1996

Núm. Expediente: 270/109

Autor: Junta Electoral de Comunidad Autónoma

Objeto:

Recurso interpuesto contra la resolución de la Junta Electoral de Andalucía de fecha 19 de enero de 1996, por la que no se tiene acreditada la representación legal del Jefe Nacional de Falange Española de las JONS.

Acuerdo:

Desestimar el recurso por los propios fundamentos del acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía, que se acompaña, y del acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) de 22 de enero de 1996 de no tomar razón de la designación de representante general de Falange Española de las JONS, ante la discrepancia que resulta de las inscripciones que figuran en el Registro de Partidos Políticos, no correspondiendo a la Junta Electoral Central (JEC) dilucidar la titularidad de la representación legal de Falange Española de las JONS, sino a la jurisdicción ordinaria.

Trasladar el presente acuerdo a la Junta Electoral de Andalucía, y a los señores interesados.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 1996

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

REPRESENTANTES ELECTORALES - Designación

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