Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/01/1996
Núm. Acuerdo: 72/1996
Núm. Expediente: 349/57
Autor: | Formaciones políticas |
Objeto:
Consulta de Eusko Alkartasuna, sobre interpretación del artículo 227.3 LOREG en relación con las subvenciones por envíos de propaganda electoral.
Acuerdo:
Comunicar que:
El citado precepto se refiere a las elecciones al Parlamento Europeo.
En reunión celebrada por esta Junta Electoral Central (JEC) el 18 de noviembre de 1994, se acordó, reiterando su acuerdo de 15 julio de 1994, que procede el abono de la cantidad fijada por la LOREG por cada envío electoral realizado efectivamente, con el límite máximo del número de electores de las circunscripciones correspondientes y, por supuesto, de los gastos reflejados como justificados.
Otros acuerdos JEC relacionados:
405/1994 (sesión:18/11/1994)
Descriptores de materia:
GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Anticipos
PROPAGANDA ELECTORAL