Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/01/1996
Núm. Acuerdo: 79/1996
Núm. Expediente: 270/110
Autor: | Junta Electoral Provincial |
Objeto:
Consulta sobre designación de representante general por el Partido Regionalista de Castilla La Mancha y consulta sobre procedimiento a seguir para el caso de presentación de candidaturas por la circunscripción electoral por la citada formación política en el caso de no haber designado representante general
Acuerdo:
Comunicar que:
1º. Según tiene reiteradamente acordado la Junta Electoral Central debe admitirse la designación de representantes de las candidaturas ante la Administración Electoral fuera de los plazos fijados por el artículo 168 L.O.R.E.G., si bien no se retrotraerán las actuaciones del proceso electoral por lo que los representantes así designados podrán realizar válidamente cuantas actuaciones sean legalmente posibles a partir de su designación.
2º. Corresponde a los representantes de las candidaturas, cuya designación corresponde al representante general, la presentación de la candidatura.
Descriptores de materia:
CANDIDATURAS - Presentación
REPRESENTANTES ELECTORALES - Designación