Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/01/1996
Núm. Acuerdo: 76/1996
Núm. Expediente: 131/8
Autor: | Otros |
Objeto:
Consulta "si en la designación por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia respectivo, mediante insaculación, de vocales judiciales de las Juntas Electorales de Zona, y posterior composición de las citadas Juntas, pueden incluirse o no en las mismas a los Señores Jueces de los Juzgados de lo Penal, pese a que en el artículo 11.1 a) de la vigente LOREG se menciona, específicamente, a los Señores Jueces de 1ª Instancia e Instrucción".
Acuerdo:
Comunicar que conforme acuerdos de este órgano de 16.4.1993 y 7.4.1995 la referencia que contiene el artículo 11.1.a) a los Jueces de Instrucción ha de entenderse comprensiva tanto de los mismos como de los Jueces de lo Penal. En consecuencia, el citado precepto comprende a los Jueces de 1ª Instancia, de Instrucción y de lo Penal, y no incluye a los de lo Social, de Menores o de Vigilancia Penitenciaria.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 1996
Descriptores de materia:
VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES - Designación